La presidenta encargada, Delcy Rodríguez, solicitó formalmente a la Asamblea Nacional una reforma parcial de la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia. La iniciativa tiene como objetivo principal avanzar en la despenalización de los tipos penales contenidos en la normativa, lo que implica que diversas conductas dejarán de tipificarse como delitos punibles con prisión.
Este movimiento institucional sigue al anuncio realizado por el Parlamento en febrero de 2026, en el cual las autoridades reconocieron la existencia de una «mala utilización» del artículo 20, referente a la incitación al odio, el cual establecía sanciones severas de entre 10 y 20 años de cárcel. Con esta propuesta de modificación permitirá suprimir las penas privativas de libertad para evitar que expresiones políticas, críticas ciudadanas y publicaciones en redes sociales la sigan procesando en el ámbito penal.
Organizaciones defensoras de derechos humanos y organismos internacionales habían advertido reiteradamente que la ambigüedad en la redacción original de la ley facilitaba la penalización discrecional de la disidencia política. Con la transición proyectada, el Estado sustituirá las acciones judiciales penales por vías administrativas de sanción, como multas económicas o rectificaciones públicas, orientándose a salvaguardar la libertad de expresión legítima frente a la persecución judicial.






