La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió la Licencia General N.º 60 (GL 60), mediante la cual autoriza de manera temporal transacciones financieras destinadas a respaldar las labores de socorro y asistencia tras el terremoto registrado el pasado 24 de junio de 2026 en Venezuela.
La medida entró en vigor de inmediato y mantendrá su validez hasta el 21 de abril de 2027. Según el documento oficial, la disposición exime del Reglamento de Sanciones contra Venezuela (31 CFR parte 591 o VSR) a todas las operaciones orientadas al auxilio humanitario derivado del sismo, salvo las excepciones explícitamente señaladas en el texto legal.
Entre las facultades contempladas, la licencia permite el procesamiento y la transferencia de fondos por parte de personas o entidades de terceros países desde y hacia el territorio venezolano, siempre que dichas operaciones estén alineadas con las actividades de socorro autorizadas.
Asimismo, la directiva establece que las instituciones financieras y los transmisores de dinero registrados en Estados Unidos podrán fundamentar el procesamiento de las operaciones en la información suministrada por el remitente, con el requisito de que no exista conocimiento ni motivos fundados para presumir un incumplimiento de los términos fijados en la norma.
Alcance y limitaciones
El organismo aclaró que la Licencia General N.º 60 no contempla el desbloqueo de bienes que permanezcan congelados bajo el marco sancionatorio del VSR. De igual manera, se mantienen prohibidas aquellas transacciones o actividades restringidas por otras Órdenes Ejecutivas o por capítulos adicionales del Título 31 del Código de Regulaciones Federales (CFR) no especificados en la resolución.
Con esta decisión, Washington busca facilitar el flujo de recursos para la atención de la emergencia en el país, reduciendo las traba operativas para las organizaciones e instituciones involucradas en la asistencia directa a los damnificados.






