La Unión Europea excluye a Panamá y Vietnam de su lista negra de paraísos fiscales

La Unión Europea retira a Panamá y Vietnam de su lista negra de paraísos fiscales tras reformas tributarias

La Unión Europea ha anunciado este viernes, 9 de octubre de 2026, la retirada de Panamá y Vietnam de su lista de jurisdicciones no cooperativas en materia tributaria. La decisión ha sido adoptada de forma oficial por los ministros de Economía y Finanzas del bloque comunitario (Ecofin) durante su reunión celebrada en Luxemburgo, tras constatar las reformas implementadas por ambos países en sus normativas fiscales.

En el caso de Panamá, que permanecía en el listado restrictivo desde febrero de 2020, el Consejo de la UE ha valorado la modificación de su régimen de exención de ingresos extranjeros, previamente calificado como perjudicial. Asimismo, se ha tenido en cuenta la próxima evaluación que la Organización para el Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) llevará a cabo sobre el cumplimiento de las normas internacionales de intercambio de información fiscal.

Por su parte, Vietnam —que había sido incluido en el repertorio en febrero de este año— logra salir de la llamada ‘lista negra’ tras comprometerse a someterse a los mismos estándares de revisión internacional supervisados por la OCDE.

Transición a la lista gris y situación actual del repertorio

Tras esta actualización, tanto Panamá como Vietnam se integran de manera temporal en la ‘lista gris’ de jurisdicciones comunitarias, donde permanecerán a la espera de que la OCDE concluya sus evaluaciones definitivas.

Con estas salidas, el listado definitivo de paraísos fiscales de la UE queda reducido a ocho jurisdicciones:

  • Samoa Americana
  • Anguila
  • Guam
  • Palau
  • Rusia
  • Islas Vírgenes estadounidenses
  • Vanuatu
  • Turcos y Caicos

Contexto y alcance de la medida

La lista comunitaria de jurisdicciones no cooperativas, establecida en 2017 y sujeta a revisiones semestrales, identifica a aquellos territorios que no cumplen con los estándares internacionales de transparencia, equidad tributaria y prevención de la erosión de bases imponibles.

Si bien figurar en la ‘lista negra’ no conlleva sanciones financieras directas por parte de la Unión Europea, implica importantes restricciones operativas. Entre ellas destacan la prohibición de canalizar fondos europeos a través de entidades radicadas en dichos territorios y la aplicación de medidas administrativas reforzadas, como auditorías fiscales más frecuentes, sin perjuicio de las penalizaciones que los Estados miembros puedan aplicar a nivel nacional.

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