El Tribunal Supremo de España condenó al exministro de Transportes José Luis Ábalos a 24 años y tres meses de prisión por los delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias, en la primera sentencia del denominado caso Koldo, relacionado con presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de covid-19.
La decisión también alcanzó a quien fue su asesor, Koldo García, condenado a 19 años y ocho meses de cárcel. Aunque las penas impuestas son superiores, el tribunal estableció límites máximos de cumplimiento de 16 años y medio para Ábalos y de 15 años para García.
Por su parte, el empresario Víctor de Aldama recibió una condena de cuatro años y medio de prisión por varios delitos vinculados a la trama. Sin embargo, el Supremo suspendió su ingreso en prisión debido a su colaboración con la investigación y a la aplicación de una atenuante muy cualificada de confesión.
El primer fallo del caso Koldo
La sentencia representa la primera resolución judicial firme derivada del caso Koldo y supone un fuerte impacto político para el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), ya que Ábalos fue una de las figuras más influyentes del partido durante los primeros años del Gobierno de Pedro Sánchez.
El tribunal destacó la gravedad de los hechos y dedicó parte de su resolución a reflexionar sobre los efectos de la corrupción en las instituciones públicas.
Según los magistrados, este tipo de conductas debilita los mecanismos de control del Estado y afecta la igualdad de los ciudadanos ante la ley.
Una trama para obtener beneficios económicos
La Sala Penal consideró probado que Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama conformaron una estructura destinada a obtener beneficios económicos mediante el aprovechamiento de la posición institucional del entonces ministro.
De acuerdo con la sentencia, la relación entre los implicados comenzó a consolidarse a finales de 2018 y permitió que el empresario gestionara intereses privados que posteriormente recibieron apoyo desde instancias vinculadas al Ministerio de Transportes.
Los jueces concluyeron que Aldama entregó pagos periódicos de 10.000 euros mensuales a Ábalos y García entre 2019 y 2022. Además, atribuyeron al empresario el pago del alquiler de una vivienda utilizada por Jésica Rodríguez, entonces pareja del exministro.
Contratos de mascarillas bajo sospecha
El Supremo dio por acreditada la adjudicación irregular de dos contratos para la compra de mascarillas durante la emergencia sanitaria.
Las contrataciones correspondieron a Puertos del Estado y Adif, organismos dependientes del Ministerio de Transportes, que adquirieron en conjunto 13 millones de mascarillas por más de 36 millones de euros a una empresa vinculada a Aldama.
La sentencia sostiene que los acusados impulsaron estas adjudicaciones y acordaron beneficios económicos derivados de las operaciones, aunque no quedó probado que Ábalos y García cobraran directamente las comisiones previstas.
Contrataciones y beneficios personales
El tribunal también concluyó que dos mujeres vinculadas al exministro fueron contratadas en empresas públicas sin desempeñar funciones efectivas, una conducta que calificó como malversación.
Asimismo, la resolución consideró como dádivas varios beneficios personales recibidos por Ábalos, entre ellos el alquiler con opción de compra de un inmueble en Madrid por un valor inferior al de mercado y el uso de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción.
Aldama evitó la cárcel
Uno de los aspectos más destacados del fallo fue el trato otorgado a Víctor de Aldama. Aunque fue condenado por organización criminal y delitos de cohecho, ninguna de las penas individuales supera los dos años de prisión.
El Supremo decidió suspender su entrada en la cárcel bajo determinadas condiciones, entre ellas no reincidir, presentar informes periódicos de actividad y realizar trabajos en beneficio de la comunidad.
Además, el tribunal lo eximió de devolver los 3,7 millones de euros que habría obtenido mediante las operaciones investigadas, al considerar que no quedó acreditado el uso de información privilegiada.
Los magistrados defendieron esta decisión como una forma de incentivar la colaboración con la Justicia en investigaciones relacionadas con delitos de corrupción.
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